03/02/2012
La Cámara Nacional Electoral difundió las cantidades de afiliados requeridas para mantener la personería política de los partidos de cada distrito, las cuales fueron establecidas en un mínimo de 0,4% de afiliados permanentes sobre el total de electores del distrito. La disposición fue difundida este jueves por los jueces Santiago Corcuera, Alberto Dalla Via y Rodolfo Munné, integrantes de la CNE. Los magistrados destacaron que a partir de la última reforma electoral (Ley 26.571) “los partidos políticos deben tener, permanentemente, una cantidad de afiliados no menor al 0,4% de los electores del distrito, hasta el máximo de un millón”. En ese sentido, se detalló que en los distritos más poblados como el caso de Capital Federal o provincia de Buenos Aires, un partido político no puede tener menos de 4.000 miembros. El cumplimiento de este requisito legal es verificado por los jueces federales electorales en febrero de cada año y las agrupaciones que no lo cumplan reciben una intimación para regularizar su situación en un plazo improrrogable de noventa días. Si en ese lapso no se consigue alcanzar el mínimo impuesto, se da inicio a un proceso judicial para declarar la caducidad de la personería del partido. En su primera aplicación, durante 2011, debido al incumplimiento de esta nueva exigencia legal, se produjo la caducidad de 26 partidos políticos “de todo el espectro ideológico y diferentes niveles de trayectoria”, indicaron desde la Cámara. En ese marco, Buenos Aires, Capital Federal y Chaco fueron los tres distritos con más partidos afectados.
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Fuente: Agencia Telam