MORATORIA 2011
Decreto 1822/2011
Vigencia desde 1 ° noviembre al 30 de diciembre del 2011
Deuda a incluir en moratoria: Hasta la devengada al 31/08/2011
Deudas excluidas
1. La deuda de los contribuyentes o responsables respecto de los cuales
se haya dictado sentencia penal condenatoria, por delitos que tengan
conexión con el incumplimiento de las obligaciones tributarias que se
pretenden regularizar.
2. La deuda proveniente de los Derechos por Uso de Playas y Riveras y
Derechos por Venta Ambulante.
3. La deuda proveniente del resto de las concesiones públicas.
Contribuyentes en juicio
CONTADO 50 % de Descuento en Intereses
2 a 3 Cuotas 40 % de Descuento en Intereses
4 a 12 Cuotas 20 % de Descuento en Intereses
13 a 36 Cuotas 10 % de Descuento en Intereses
Contribuyentes jubilados o pensionados:
Hasta 48 Cuotas 100 % de Descuento en intereses presentando fotocopia de haber mínimo de ANSES y fotocopia de DNI.-
Resto de contribuyentes:
CONTADO 75 % de Descuento en Intereses
2 a 3 Cuotas 55 % de Descuento en Intereses
4 a 12 Cuotas 35 % de Descuento en Intereses
13 a 36 Cuotas 20 % de Descuento en Intereses